Timbra tu CFDI con el Complemento Carta Porte

El objetivo de este sitio es informar a nuestros clientes y contribuyentes que realizan transporte de bienes y mercancías en territorio nacional, sobre la generación de un CFDI con complemento Carta Porte.

Preguntas Frecuentes complemento Carta Porte




Es un título legal del contrato entre el transportista y el expedidor, o usuario, que contrata el servicio, por cuyo contenido se decidirán las cuestiones que ocurran sobre su ejecución y cumplimiento; será el instrumento comprobatorio de la recepción o entrega de las mercancías, de su legal posesión y su traslado, el cual, el transportista está obligado a emitir cubriendo los requisitos de la legislación de esta materia y los que corresponden al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los efectos fiscales.
Es un comprobante que ampara el Transporte de Mercancías de manera digital (CFDI) para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos.
Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional por alguna de las siguientes vías:
  • Terrestre
  • Marítima
  • Aérea
  • Ferroviaria
  • I. El propietario, así como los poseedores de las mercancías y/o bienes que formen parte de sus activos, cuando estos se trasladen por medios propios; y
    II. El intermediario o agente de transporte, que preste servicios de logística para el traslado de los bienes y/o mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente, cuando el traslado lo realice por medios propios.
    El CFDI de tipo ingreso (factura) con complemento Carta Porte se debe emitir por el prestador del servicio de transporte, cuando haya sido contratado para el traslado de bienes y/o mercancías dentro del territorio nacional.
    El SAT informa que el periodo de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 del complemento Carta Porte se extiende al 31 de marzo de 2024.

    Asimismo, recuerda que el 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga para la no aplicación de multas y sanciones, que para tal efecto prevé la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, a quienes no emitieron sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte.
    A partir del 1 de enero del 2024 se debe mencionar en número de folio fiscal (uuid) de la carta porte que ampara el transporte de la mercancía al momento de realizar la importación o exportación.

    El complemento de la carta porte puede ser en su versión 2.0 o 3.0 durante el periodo de convivencia existente hasta el 31 de marzo del 2024.

    Soluciones para timbrado de complemento Carta Porte

    Para dar solución y cumplir con esta necesidad, en Global PCNet tenemos la opción de timbrado de CFDI con el complemento Carta Porte a través de nuestros sistemas:


    CFDI de Ingreso y Traslado+ complemento Carta Porte
    Sistema de Timbrado de Viajes
    Ideal para:
    Logística, Agente Aduanal y Transportistas de pequeña y mediana empresa.


    Incluye:
  • CFDI de Ingreso
  • CFDI de Traslado
  • Facturas sin complemento carta porte
  • Complemento de pago
  • Estados de cuenta
  • Reportes Contables




  • Ver sitio web
    Requisitos para contratar

    Enviar información para contratar


    CFDI de Ingreso + complemento Carta Porte
    Sistema de Facturación y Contabilidad
    Ideal para:
    Todos los contribuyentes que requieran el CFDI de Ingreso con complementos Carta Porte.

    Incluye:
  • CFDI de Ingreso
  • Facturas
  • Complemento de pago
  • Estados de Cuenta
  • Módulos Contables
  • Y más...




  • Ver sitio web
    Requisitos para contratar

    Enviar información para contratar


    CFDI de Traslado+ complemento Carta Porte
    Sistema complemento para Transportistas
    Ideal para:
    Transportistas con mayor volumen de viajes y/o que requieran llevar un control detallado de sus operaciones.

    Incluye:
  • CFDI de Traslado
  • Control de viajes
  • Remisiones
  • Carta de Instrucciones
  • Liquidaciones
  • Combustible
  • Mantenimiento de unidades
  • Bitácora de horas para el operador
  • Y más...

  • Ver sitio web
    Requisitos para contratar

    Estatus Actual de la implementación del CCP en la Aplicación:


    La aplicación ya permite el timbrado del complemento Carta Porte 2.0 para el CFDI de Traslado e Ingreso.

    La actualización a la versión Carta Porte 3.0 para el CFDI de Traslado e Ingreso no se realizó debido a la prórroga. En breve estaremos informando de la nueva fecha de actualización en producción.





    Fecha de publicación del estatus : 10:00 a.m. - Enero 3, 2024.


    La aplicación ya permite el timbrado del complemento Carta Porte 2.0 para el CFDI de Ingreso.

    La actualización a la versión Carta Porte 3.0 para el CFDI de Ingreso no se realizó debido a la prórroga. En breve estaremos informando de la nueva fecha de actualización en producción.





    Fecha de publicación del estatus : 11:00 a.m. - Enero 3, 2024.

    .
    Soporte para captura de CCP en e-conta.mx
    Matriz de errores al validar CCP
    Manual CCP 2.0


    La aplicación ya permite el timbrado del complemento Carta Porte 2.0 para el CFDI de Traslado.

    La actualización a la versión Carta Porte 3.0 para el CFDI de Traslado no se realizó debido a la prórroga. En breve estaremos informando de la nueva fecha de actualización en producción.





    Fecha de publicación del estatus : 10:00 a.m. - Enero 3, 2024.

    Avisos Oficiales del SAT respecto al complemento Carta Porte



    Preguntas Frecuentes

    No se podrá facturar de forma masiva (ni por semana ni por mes), por lo que se debe emitir un CFDI (factura) de tipo ingreso con complemento Carta Porte, por cada servicio de transporte que se realice.
    Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.
    Si la información capturada en el CFDI (factura) con complemento Carta Porte cambia, este se debe cancelar y generar uno nuevo en el que se deberán registrar los nuevos datos del vehículo y del domicilio de salida de los bienes y/o mercancías trasladadas, como origen, además de relacionar el nuevo comprobante al CFDI (factura) inicial, con la clave 04 “Sustitución de los CFDI previos” del catálogo de CFDI c_TipoRelacion. Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.9. de la RMF vigente.
    No, los contribuyentes que presten el servicio de autotransporte de carga general y especializada, sin que el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI (factura) de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, que contenga los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, en el que registre la clave de producto y servicio definida en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, que al efecto publique el SAT en su Portal.
    Fundamento: Artículos 29 y 29-A del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.1.9. y 2.7.1.52. de la RMF vigente

    Consulta la lista completa de preguntas frecuentes emitadas por el SAT.
    Consulta de documentación técnica emitida por el SAT.

    Para más información...
    Consulta en el sitio oficial del SAT o bien, según tipo de traslado:

    AutoTransporte Marítimo Aereo Ferroviario




    Contacto con Global PCNet

    Para mayor información del servicio de Timbrado de CFDI con el complemento Carta Porte
    envíanos un mensaje a través de la siguiente forma electrónica: